viernes, 1 de septiembre de 2017

Queridos Hermanos y Hermanas en el Señor:
Llamados a hacer vida nuestro cuarto día llevando a la práctica nuestro Trípode: Piedad, Estudio, y Acción, Cursillo de Cristiandad nos invita a participar de sus actividades.
Así con Piedad orando por nuestros hermanos de Talca con su Cursillo N¬ 36 de Varones
Con Acción participando de nuestra Reunión mensual a realizarse este sábado en Santísima Trinidad calle Picarte frente a Sodimac a las 15 hrs.
Como también de nuestro Estudio informándonos para las elecciones de nuestros próximos Presidentes.
Como de nuestra próxima Escuela para el lunes en Cristo Rey.-
Mis queridos delegados de Centro, Vocales, grupos naturales, sacerdotes y cursillistas en general, les envío los artículos del Reglamento vigente del MCC que se refieren a la propuesta de candidatos para la Terna y que son importantes de considerar para buscar nuestro nuevo secretariado, 2018-2020, terna que debemos presentar en la segunda quincena de Octubre a nuestro Obispo Diocesano ó a quien corresponda, si aun no ha sido designado, un abrazo cariñoso y que Dios abra los corazones de los convocados para aceptar éste hermoso llamado, DE COLORES
Art. 12.- PRESIDENTE DIOCESANO, será el o los cursillistas laicos idóneos, designado por el Obispo Diocesano y de su confianza exclusiva como cabeza del Secretariado y responsable de la organización, desarrollo y metodología del Movimiento en la diócesis. Durará en sus funciones por el período reglamentario y mientras cuente con la confianza del Obispo Diocesano, quien podrá removerlo o reemplazarlo en cualquier momento. En caso de remoción o reemplazo el Obispo designará un nuevo Presidente, conforme al procedimiento 13 señalado en este Reglamento. El nuevo Presidente designado para reemplazar a uno que estuviere en ejercicio, durará sólo por el lapso que falte para concluir el período de aquel a quien sucede. Corresponderá particularmente al PRESIDENTE DIOCESANO:
a) Ser responsable del Movimiento, ante la Jerarquía diocesana. - Representar al Movimiento, por sí o por delegado ante los otros movimientos apostólicos y formas de participación eclesial, y ante los organismos, autoridades e instancias en que deba actuar a nivel diocesano.
b) Ser responsable con el Secretariado Diocesano en todo lo que respecta a la orientación, impulso y servicio a este, de modo que sea todo aquello que debe ser como Movimiento, como método, como instrumento y plan concreto en la pastoral diocesana.
c) Participar, representando por sí o por delegado, al Secretariado en los Encuentros y Asambleas Nacionales y otros eventos de carácter nacional, regional y diocesano.
d) Presidir las reuniones del Secretariado. - Participar en las Clausuras de los Cursillos.
e) Establecer, al asumir sus funciones, el orden de precedencia de los Vocales que integran el Secretariado, para los efectos de subrogación en caso de ausencias o impedimentos temporales.
f) Confeccionar, con la colaboración de las diferentes Vocalías, un plan anual de trabajo para el respectivo Secretariado, y preparar una cuenta final de su gestión al entregar el cargo.
g) Velar por el efectivo cumplimiento de los planes anuales y de los Acuerdos de la Asamblea Nacional que deban aplicarse a nivel diocesano y por el funcionamiento eficiente de cada una de las Vocalías del Secretariado.
h) Mantener una relación constante y una comunicación fluida con el Secretariado Nacional.
Art. 13.- Para la designación del PRESIDENTE DIOCESANO, el Secretariado respectivo propondrá al Obispo, por intermedio del Asesor Diocesano, el o los nombres (máx. 3) de los dirigentes con los cuales conformará una terna para la elección. Esta deberá conformarse, en la primera quincena de octubre del año en que corresponda la renovación del Secretariado.
Art. 14.- Podrán ser candidatos a integrar la terna para Presidente Diocesano del 14 Movimiento de Cursillos de Cristiandad, aquellos cursillistas idóneos, sin ministerio ordenado, que reúnan los siguientes requisitos:
a) Hayan vivido su Cursillo a lo menos tres años antes de la elección.
b) Tengan una trayectoria activa como Dirigentes del Movimiento, habiendo participado a lo menos como integrantes del Secretariado; o como participantes en Cursillos de Dirigentes, Cursillos de Renovación o Cursillos de Cursillos; o como representantes del Secretariado Diocesano en Encuentros o Asambleas Nacionales o Internacionales.
c) Estén participando como integrantes de la Escuela de Dirigentes en forma activa, continua y permanente, a lo menos durante el último año, contado hacia atrás desde el día de la elección.
d) Tengan o hayan tenido Reunión de Grupo.
e) Hayan demostrado una madurez personal y espiritual y una sólida formación religiosa y doctrinaria, acorde a las tareas a desempeñar.
f) Posean una sólida formación en lo relativo a la Esencia, Finalidad, Mentalidad y Metodología de los Cursillos de Cristiandad. En el caso excepcional de no cumplimiento de los requisitos anteriores, la decisión final será tomada entre el Presidente Diocesano y el Asesor Diocesano.
Art. 15.- Elegidos en esta forma los tres integrantes de la terna, el Asesor Diocesano la presentará al Obispo, en la segunda quincena de octubre del año en que corresponda la renovación del Secretariado.
Art. 16.- El Presidente Diocesano elegido por el Obispo, y designado por decreto de éste, deberá, en la segunda quincena del mes de noviembre del año en que corresponda la renovación del Secretariado, conformar su Equipo.
Art. 17.- El Secretariado así estructurado asumirá sus funciones en la primera quincena del mes de Diciembre del año en que corresponda la renovación.
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Atentamente
Ma.Angélica Torres
VOCALÍA COMUNICACIONES

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